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El Ayuntamiento ha remitido esta mañana a la Junta de Extremadura el Expediente para la Declaración de Interés Turístico Nacional PDF Imprimir E-mail
Escrito por Mario Hernández   
Martes, 06 de Abril de 2010 11:47

10-04-06_Entrega_expediente_S._SantaEl ayuntamiento de Mérida ha dado esta mañana un nuevo paso en su intención de que la Semana Santa de Mérida sea declarada como Fiesta de Interés Turístico Nacional al recepcionar el alcalde, Angel Calle, el expediente completamente terminado y cursar la remisión a la Junta de Extremadura.

El instructor del expediente, Mario Hernández, ha hecho entrega esta mañana al alcalde del expediente totalmente encuadernado. Un expediente que consta de dos tomos y dos cajones con diversa documentación sobre la Semana Santa como dvd, dípticos, revistas, programas de mano y las más de 24 actuaciones promocionales que se han realizado a nuvel nacional tal y como se indica en la Orden del Ministerio de Industria y Turismo.

Una vez recepcionado por el alcalde, éste ha remitido un oficio de remisión a la Junta de Extremadura y esta misma mañana todo el material ha sido enviado a la Dirección General de Turismo que, en primera instancia, es quien debe remitirlo al Ministerio de Industria.

La orden que regula la declaración contempla los siguientes aspectos, reflejados en el expediente:

a) "La antigüedad de la celebración de la fiesta o acontecimiento de que se trate" b) Su continuidad en el tiempo (entre una y otra celebración de la fiesta no deberá transcurrir más de cinco años).

Ambos aspectos quedan justificados, el primero con la documentación sobre los orígenes de la Semana Santa de Mérida y las procesiones del Cristo de la O en 1480. La continuidad, es anual, contra lo que no cabe cuestión alguna.

c) Arraigo de la fiesta en la localidad, lo queimplica la participación ciudadana en el desarrollo de la fiesta. Para evaluar este aspecto, se considerará la existencia de asociaciones, peñas, u otras agrupaciones similares de ciudadanos, que la respalden. Este hecho se verificará a través de estatutos, autorizaciones u otros documentos acreditativos de la constitución y funcionamiento de las citadas agrupaciones, de los que se aportará una copia compulsada, junto con la solicitud de declaración de Fiesta de Interés Turístico Nacional o Internacional.

En este sentido, se aporta la constitución de la Junta Arciprestal de Hermandades y los estatutos de varias cofradías

d) La originalidad y diversidad de los actos que se realicen.

En este sentido queda justificado, principalmente, por la procesión y Via Crucis del Anfiteatro, única manifestación de este tipo en España y, en cuanto a sus características, en el mundo. Además, se justifica el paso de varias hermandades por el entorno monumental

1. Las solicitudes de declaración de Fiesta de Interés Turístico Nacional e Internacional habrán de ir acompañadas de una memoria explicativa con el contenido y amplitud, que los solicitantes estimen oportunos y en la que, en todo caso, se exprese:

a) El origen, antigüedad y raigambre tradicional de la manifestación de que se trate y su valor cultural, significación y alcance como atractivo turístico.

b) La fecha de celebración y descripción de los actos que componen la fiesta.

c) La existencia en la localidad o en el área geográfica inmediata (a una distancia no superior a 50 kilómetros), de un equipamiento adecuado de alojamientos y servicios turísticos para la recepción de visitantes.

d) La realización, por las entidades organizadoras, de acciones promocionales suficientes para la atracción de corrientes turísticas. Como documentación justificativa de esa promoción será necesario presentar, para el caso de las fiestas de Interés Turístico Nacional, un mínimo de veinte actuaciones promocionales en medios de prensa escrita (periódicos, revistas, etc.), radios y televisión de difusión nacional o en uno o varios países extranjeros;

En este sentido, se han realizado más de 20 actuaciones en revistas especializadas, medios nacionales de radio y tv, además de las retransmisiones de Canal Extremadura.

2. En todo caso, las solicitudes para la declaración de Fiesta de Interés Turístico habrán de ir acompañadas de Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de la localidad en que se celebre y de informe de la Comunidad Autónoma

Todo ello recogido con amplitud en los dos tomos del Expediente y el abundante material complementario audiovisual y gráfico.

A partir de ahora, una vez la Junta de Extremadura conceda el visto bueno a la solicitud, la remitirá al Ministerio para su resolución final que se espera, si todo va bien, para finales de este año.